lunes, 27 de agosto de 2012

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RAZONES PARA LA OBJECIÓN CONTRA LA REFORMA SANITARIA 


8 motivos para la resistencia individual y colectiva frente a la exclusión de las 
personas inmigrantes en situación irregular de la atención sanitaria 

El Congreso de los Diputados aprobó el pasado 17 de mayo con los únicos votos del Partido 
Popular la convalidación del Real Decreto Ley 16/2012, de 20 de abril llamado de medidas 
urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar 
la calidad y seguridad de sus prestaciones. 
Médicos del Mundo hace un llamamiento a la objeción del personal sanitario. El decreto 
plantea importantes problemas éticos para profesionales de la Sanidad (personal médico, 
de enfermería, farmacia, administrativo, trabajo social…). 

Desde el Juramento Hipocrático hasta la adopción en 1948 de la Declaración de Ginebra 
por la Asociación Médica Mundial (AMM), la profesión ha expresado en forma de código 
deontológico su alto compromiso con la misión de proteger la salud de la población sin 
discriminación. “NO PERMITIRÉ que consideraciones de edad, enfermedad o incapacidad, 
credo, origen étnico, sexo, nacionalidad, afiliación política, raza, orientación sexual, 
clase social o cualquier otro factor se interpongan entre mis deberes y mi paciente” 
(Declaración de Ginebra de 1948 propuesta por la AMM como juramento alternativo al 
Hipocrático). 

La Declaración de Lisboa de la AMM sobre los Derechos del Paciente recoge: "Cuando la 
legislación, una medida del gobierno, o cualquier otra administración o institución niega 
estos derechos al paciente, el personal médico debe buscar los medios apropiados para 
asegurarlos y restablecerlos". 

Ante la exclusión de la atención de las personas inmigrantes en situación administrativa 
irregular que plantea el decreto, Médicos del Mundo insta al personal sanitario a que 
ejerza su derecho a la resistencia individual y colectiva y a la objeción de conciencia en 
favor de la atención a todas las personas que lo requieran independientemente de su 
situación administrativa. 

1.- La reforma afecta al derecho fundamental a la salud. El decreto colisiona con la 
Constitución y los Estatutos de Autonomía. Además, es contraria al derecho internacional 
público y a los tratados suscritos por España que reconocen el derecho a un acceso a la 
asistencia médica sin discriminación para todas las personas. El Gobierno tiene potestad 
para aprobar normas con rango de ley por razones de necesidad urgente, esta no puede 
afectar derechos fundamentales como el derecho a la salud. 


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2.- Limitar la atención a urgencias agravará patologías e incrementará costes Circunscribir 
la atención sanitaria a urgencias puede conducir a un agravamiento o cronificación 
de las enfermedades a causa de un retraso en su diagnóstico o que presentan escasas 
manifestaciones clínicas (síntomas). Las consecuencias serán en muchas ocasiones 
la hospitalización o la utilización de tratamientos más agresivos lo que supone mayor 
coste que la atención primaria y, en el caso de ciertas patologías, menor eficiencia médica. 

3.- Las personas con enfermedades crónicas se quedan sin atención. Inmigrantes 
en situación irregular con enfermedades crónicas (como el VIH, diabetes, hipertensión 
arterial, etc..) o que requieren tratamiento prolongado (cáncer o diálisis) perderán el 
acceso al mismo a partir del 1 de septiembre con la retirada de la tarjeta sanitaria. El 
decreto sólo deja como alternativa las urgencias lo que redundará en un diagnóstico 
tardío (con las complicaciones que conlleva) y problemas para recibir tratamiento, 
seguimiento, acceso a especialistas, etc… 

4.- La discriminación sanitaria es contraria a la salud pública. Obstaculizar el 
acceso a la salud de las personas inmigrantes perjudica a los propósitos generales de 
salud pública. La ‘segregación sanitaria’ de las personas inmigrantes sin permiso de residencia 
resulta arriesgado y médicamente irresponsable porque aparta a una parte de la 
población de las medidas de prevención y de tratamiento. Además, la falta de acceso a 
atención primaria puede dificultar el cumplimiento del tratamiento de determinadas 
enfermedades infecciosas y tener graves repercusiones para la salud pública. 

5.- La respuesta para la atención a inmigrantes no es la beneficencia. La salud es 
un derecho del cual toda persona es titular y que debe ser garantizado por los Estados. El 
decreto sienta las bases para un sistema paralelo de ‘caridad’ y el Estado hace una 
dejación de sus obligaciones en la protección de la salud de las personas. Las ONG no 
deben ni van a sustituir al Estado. 

6.- Las personas inmigrantes no colapsan la atención primaria. Es falso que las personas 
inmigrantes saturen el sistema sanitario público. Diversos estudios señalan que 
suponiendo más del 10% de la población suponen apenas el 5% de las visitas a consulta de 
atención primaria. 

7.- Turismo sanitario e inmigración son cosas distintas. Las personas migrantes son 
contribuyentes a los presupuestos sanitarios a través de los impuestos que financian la 
sanidad como el IVA, los impuestos especiales o el céntimo sanitario. Las personas inmigrantes 
no vienen a España para servirse de los sistemas de cobertura socio-sanitaria. 
Según una encuesta elaborada por Médicos del Mundo entre inmigrantes sin permiso de 
residencia en 2009, sólo el 4% de las personas encuestadas citó razones de salud cuando 
se les preguntó por los motivos que les habían llevado a emigrar a nuestro país. 


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8.- España, en el furgón de cola de la UE. No es cierto que, como argumenta el Ministerio 
de Sanidad, la exclusión de las personas inmigrantes en situación administrativa 
irregular en España nos acerque al contexto europeo. Con el decreto España se sitúa al 
nivel de Eslovenia, Chipre y Polonia, países donde las personas extranjeras no regularizadas, 
salvo menores, sólo pueden ser atendidas en las urgencias. Con esta reforma, España 
pasa de estar en la vanguardia entre los países europeos que garantizaba la universalidad 
en la atención sanitaria a la cola en la Unión Europea. En países de nuestro entorno como 
Francia, Bélgica, Italia y Portugal las personas extranjeras sin permiso de residencia 
tienen derecho a cobertura sanitaria. 

La salud es un derecho y facilitar atención sanitaria es nuestro compromiso. 

Expresamos nuestra preocupación ante la situación de desamparo en la que quedan las 
personas inmigrantes en situación administrativa irregular. En este sentido, no admitimos 
la exclusión, por razones administrativas, del derecho a la atención sanitaria de ninguna 
persona que viva en territorio español, comprometiéndonos, individual y colectivamente, 
a promover y asegurar el acceso a los servicios sanitarios para toda persona que necesite 
atención y cuidados en salud. 


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